El Presupuesto Municipal recoge las Obligaciones que como máximo podrá asumir el ayuntamiento durante el ejercicio en el que esté en vigor, y la previsión de los ingresos con los que contará la institución en el mismo periodo. lo forman el propio presupuesto de la entidad local y los estados de previsión de ingresos y gasto de la Sociedad Mercantil de capital íntegramente municipal, Aserpinto.
El presupuesto lo forma el presidente de la institución, siendo el Pleno de la corporación quien tiene la competencia para aprobarlo. El presupuesto definitivamente aprobado se publicará de acuerdo con el artículo 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
Normativa:
-Título VI, Capítulo I, Sección 1ª el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, que está desarrollado por el
Real Decreto 500/1990.
Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria y la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.Ca
Cabe destacar que los presupuestos Municipales de 2015 son los primeros elaborados según la nueva estructura presupuestaria aprobada por la Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, por la que se modifica la orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de lospresupuestos de las entidades locales.