Hemeroteca 2010

BONIFICACIÓN PARA VIVIENDAS DE PROTECCIÓN OFICIAL EN EL IBI DEL EJERCICIO 2011

Del 15 de noviembre al 31 de diciembre, los propietarios de Viviendas de Protección Oficial (VPO) podrán disfrutar de la bonificación del 50% en la cuota del IBI a partir del año siguiente al de la obtención de la cédula de calificación definitiva de V.P.O. 22/11/2010
Esta bonificación debe solicitarse en los últimos dos meses del ejercicio anterior, entre el 15 de noviembre y el 31 de diciembre, y se aplicará en el siguiente. Esta bonificación solamente será aplicable para la vivienda habitual del sujeto pasivo, no pudiendo afectar a más de un inmueble.

Una vez cumplimentada la solicitud se deberá presentar firmada en el Registro General del Ayuntamiento o remitirse mediante las demás formas previstas en la Ley hasta el 31 de diciembre.
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