Información general

Organización y recursos materiales

El Cuerpo de Policía Local es un Instituto Armado de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada.

La sede de Policía Local se encuentra situada en la Pza. de la Constitución 11-13

Datos de contacto: 

   Tfno. Información: 91 248 37 00
   Tfno. Emergencias: 112, 092 y 900.365.092
   e-mail: policialocal@ayto-pinto.es


En Pinto la estructura de la policía responde a las siguientes Escalas y Categorías:

ESCALA DIRECTIVA

1 Director-Coordinador de Policía

ESCALA EJECUTIVA:
1 Suboficial
3 Sargentos
12 Cabos
70 Agentes (36 de ellos pertenecientes a las Brigadas de Seguridad-BESCAM)

La flota del cuerpo policial está compuesta en la actualidad por:

- 4 patrullas
- 2 vehículos todoterreno
- 4 motocicletas
- 1 vehículo camuflado
- 1 Unidad de Atención Ciudadana Móvil

Principios de actuación

Vienen recogidos en el art. 5 de la Ley 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como en la Ley de Coordinación 4/92 y el Reglamento Marco que la desarrolla.

Antes de tomar posesión del cargo, las policías locales han de jurar o prometer acatar la Constitución como norma fundamental del Estado y respetar y observar el Estatuto de Autonomía como norma institucional básica.

Son principios básicos de actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad los siguientes:

Adecuación al ordenamiento jurídico:

Ejercer su función con absoluto respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Actuar, en el cumplimiento de sus funciones, con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin discriminación alguna por razón de raza, religión u opinión.

Actuar con integridad y dignidad. En particular, deberán abstenerse de todo acto de corrupción y oponerse a él resueltamente.

Sujetarse en su actuación profesional, a los principios de jerarquía y subordinación.

Colaborar con la Administración de Justicia y auxiliaría en los términos establecidos en la Ley.

Relaciones con la comunidad:

Impedir, en el ejercicio de su actuación profesional, cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral.

Observar en todo momento un trato correcto y esmera-do en sus relaciones con los ciudadanos, a quienes procurarán auxiliar y proteger, siempre que las circunstancias lo aconsejen o fueren requeridos para ello. En todas sus intervenciones, proporcionarán información cumplida, y tan amplia como sea posible, sobre las causas y finalidad de las mismas.

En el ejercicio de sus funciones deberán actuar con la decisión necesaria, y sin demora cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable; rigiéndose al hacerlo por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance.

Tratamiento de detenidos:

Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deberán identificarse debidamente como tales en el momento de efectuar una detención.

Velarán por la vida e integridad física de las personas a quienes detuvieren o que se encuentren bajo su custodia y respetarán el honor y la dignidad de las personas.

Darán cumplimiento y observarán con la debida diligencia los trámites, plazos y requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico, cuando se proceda a la detención de una persona.

Dedicación profesional:

Deberán llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana.

Secreto profesional:

Deberán guardar riguroso secreto respecto a todas las informaciones que conozcan por razón o con ocasión del desempeño de sus funciones. No estarán obligados a revelar las fuentes de información salvo que el ejercicio de sus funciones o las disposiciones de la Ley les impongan actuar de otra manera.

Responsabilidad:

Son responsables personal y directamente por los actos que en su actuación profesional llevaren a cabo, infringiendo o vulnerando las normas legales, así como las reglamentarias que rijan su profesión y los principios enunciados anteriormente, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial que pueda corresponder a las Administraciones Públicas por las mismas.

Campañas de Concienciación:
Las Campañas y Controles que se realizan tienen como finalidad el fomentar la adquisición por parte de los ciudadanos de la conciencia necesaria, donde la solidaridad y el respeto por su propia vida y la de los demás, sean un valor social definitivamente incorporado a la vida cotidiana.

Controles preventivos de Alcoholemia.
Controles de velocidad
Controles de documentación
Parque de Educación Vial
Sobre la utilización del casco de protección en vehículos de dos ruedas.
Sobre la utilización de los cinturones de seguridad.
Control de vehículos de transporte de personas y mercancías.
Control del cumplimiento de las ordenanzas y resto de normas municipales como horarios de cierre de establecimientos, residuos y vertidos, animales potencialmente peligrosos, ocupaciones de vía pública, venta ambulante, etc.

SERVICIO DE MENORES
A través del programa "Agente Tutor", la Policía Local de Pinto controla que los menores de 16 años acudan a los centros escolares siendo una de las funciones principales la vigilancia en los alrededores de los recintos de enseñanza y el contacto permanente con los docentes y personal del centro para coordinar actuaciones conjuntas encaminadas a reducir el absentismo y evitar el riesgo que pudiera darse en el entorno escolar. Además, ofrecen información a los miembros de la comunidad educativa sobre los nuevos tipos de delincuencia a los que se enfrentan los menores de edad.

Otras webs municipales de Pinto