Hemeroteca 2018
Trámites administrativos solo por internet con empresas y otros sujetos jurídicos
La ley establece esta obligatoriedad con las Administraciones Públicas a determinados sujetos jurídicos
10/12/2018El Ayuntamiento de Pinto, a través de la Concejalía de Economía y Hacienda, informa a los vecinos y vecinas de que a partir del día 1 de enero de 2019 la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de Pinto no admitirá trámites presenciales a determinados sujetos jurídicos.
El Consistorio se suma así a lo establecido en el artículo 14.2 de la ley 39/2015, que establece que estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en el ejercicio de dicha actividad profesional. En todocaso, dentro de este colectivo, se entenderán incluidos/as los notarios/as y registradores/as de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados/as de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición profesional, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.
VALORACIÓN
La concejala de Economía y Hacienda, Consoli Astasio, ha señalado que, con la puesta en marcha de esta medida, el Consistorio se verá beneficiado por un ahorro en el papel que se consume, a la vez que se simplifican determinados trámites. Astasio ha recordado que "las personas físicas tienen el derecho de utilizar los medios electrónicos para relacionarse con la administración, aunque no la obligación".