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Pinto aprueba el Calendario Fiscal 2016

Además de la ventaja del pago voluntario, el Ayuntamiento recuerda la existencia de bonificaciones por domiciliación, fraccionamiento y pago anticipado

28/10/2015
Noticias::Pinto aprueba el Calendario Fiscal 2016

El Gobierno municipal ha aprobado el calendario fiscal de los impuestos municipales para el próximo año 2016, que recoge un cambio de fechas en el caso del IBI, que adelanta el periodo de pago voluntario y del IVTM, que la atrasa respecto a 2015. El calendario de pago en plazo voluntario de los diferentes impuestos quedaría establecido del siguiente modo:

.- Tasa por entrada de Vehículos/Carruajes (Vados): Del 22 de febrero al 25 de abril.
.- Tasa por Recogida y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos: 22 de febrero al 25 de abril.
.- Tasa de Ocupación de Vía Pública (Mercadillo): Del 22 de febrero al 25 de abril.
.- Impuesto sobre Bienes Inmuebles – Urbana: Del 29 de abril al 1 de julio de 2016.- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre.
.- Impuesto sobre Bienes Inmuebles – Rústica: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre.
.- Impuesto sobre Actividades Económicas: Del 15 de septiembre al 16 de noviembre.

VENTAJAS DE PAGO
El pago de los tributos de forma voluntaria es más barato, puesto que cuando este plazo finaliza el importe de tributos se incrementa con aplicación del recargo ejecutivo, intereses de demora y costas. El Ayuntamiento recuerda que existen diversas modalidades de pago que aportan comodidad y ahorro para los contribuyentes.

.- Domiciliación: El pago de los tributos se realiza de forma mucho más cómoda domiciliando los recibos. Los recibos domiciliados tendrán una bonificación del 2,5%. El cargo en cuenta de los recibos domiciliados se producirá quince días después del inicio del periodo voluntario del correspondiente tributo periódico.

.-  Sistema Especial de Pagos (SEP): Consiste la unificación de todos los impuestos de padrón que un contribuyente deba pagar al Ayuntamiento y su posterior fraccionamientos en 2, 3 o 4 plazos repartidos a lo largo del año natural, con una rebaja del 1% de la cantidad total a pagar y sin pago de intereses.

.- Sistema de Pago Anticipado: Con esta modalidad de pago el Ayuntamiento pasará al cobro todos los impuestos municipales de padrón al contribuyente en el mes de Febrero y premiará este esfuerzo rebajando en un 5% la cuota total.

Con carácter general estos beneficios fiscales deben solicitarse el año anterior al que se vayan a disfrutar. Los mencionados beneficios fiscales afectan a todos los tributos de cobro periódico mediante padrón, sin embargo, existe un variado número de bonificaciones  específicas de cada uno de los tributos, las cuales, se encuentran recogidas en su correspondiente Ordenanza Fiscal. Como novedades destacamos la bonificación en el IBI para las viviendas de protección oficial  (del 7º al 10º año desde la cédula de calificación definitiva), siempre que se trate de vivienda habitual y los ingresos de la unidad familiar no superen los 20.000 euros.

Para tener una información más precisa sobre los beneficios fiscales a los que puede tener derecho u otras cuestiones relativas a sus tributos podrá acceder a las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Pinto desde esta misma noticia.

 

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