Hemeroteca 2010

Impulso a la inscripción de extranjeros en el censo de cara a las elecciones locales

La Corporación ha acordado en el Pleno promover una campaña informativa con este fin y dirigida a ciudadanos no españoles con derecho a voto en el municipio 25/11/2010
El 22 de mayo de 2011 se celebrarán elecciones municipales en las que podrán votar, además de los españoles mayores de edad, los ciudadanos de la Unión Europea y de Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay y Perú, al haber firmado estos países un Acuerdo con España sobre participación en las elecciones municipales. La Corporación ha acordado en el Pleno de hoy y de forma unánime facilitar toda la información posible a este colectivo para que se inscriban en el censo y, por tanto, puedan ejercer el derecho al voto en la próxima consulta electoral.

Para los países con acuerdos, los requisitos de su inclusión en el censo son: Ser mayor de dieciocho años y no estar privado del derecho de sufragio activo; figurar en el Padrón municipal de habitantes; poseer la autorización de residencia en España; haber residido legalmente en España el tiempo exigido en el acuerdo (cinco años, o tres años en el caso de los noruegos) y cumplir el resto de requisitos acordados. También podrán inscribirse los nacidos en otros países siempre que el acuerdo entre en vigor antes del 15 de enero de 2011.

La inclusión se hará contestando la carta que enviará la Oficina del Censo Electoral por correo (sin franqueo), también por Internet en la sede electrónica de la OCE o en el Ayuntamiento de Pinto rellenando un formulario que aparecerá en PintoWeb (www.ayto-pinto.es) o se facilitará en el SAC.

Para los miembros de la UE se requiere haber manifestado previamente su voluntad de ejercer ese derecho, trámite que ha sido posible realizar en los ayuntamientos de forma continuada desde el año 2006. Quienes la hayan manifestado y sigan residiendo en España mantienen su condición de electores, sin necesidad de cumplimentar una nueva declaración.

Los ciudadanos de la UE empadronados que deseen votar pero que aún no los hayan manifestado, deben hacerlo. Para facilitar este trámite, la Oficina del Censo Electoral ha enviado por correo una comunicación a 757.495 registrados a los que no se ha dirigido con ocasión de anteriores elecciones municipales y no han manifestado su voluntad de votar desde las municipales de 2007. Estos ciudadanos únicamente deberán cumplimentar y firmar la declaración formal contenida en la carta y remitirla a la Delegación Provincial de la Oficina de Censo Electoral correspondiente.

Además, los que dispongan de número de inscripción en el Registro Central de Extranjeros podrán realizar su manifestación de voluntad por Internet, accediendo a la Sede Electrónica de la página web del Instituto Nacional de Estadística (www.ine.es).

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