Hemeroteca 2005

Abierto el plazo para la solicitud de bonificaciones en el pago del IBI

El Ayuntamiento de Pinto ofrece a los propietarios de viviendas protegidas y a las familias numerosas la posibilidad de acogerse a ayudas en el pago del Impuesto de Bienes Inmueble (IBI). 13/10/2005
La ordenanza fiscal vigente introduce bonificaciones para los compradores de vivienda de protección oficial durante los primeros seis años (50% del impuesto durante los primeros tres años, y un 40%, 30% y 20% en los respectivos cuarto, quinto y sexto año).

Además, para las familias numerosas se establece el 50% de rebaja en la cuota íntegra del impuesto, siempre que los ingresos de la unidad familiar no superen los 48.000 euros brutos anuales. Además, Pinto, por decisión del Equipo de Gobierno, mantiene el IBI congelado para compensar la subida catastral de 2005. El fin del plazo para solicitar estas bonificaciones será el 30 de diciembre. Esta es la documentación requerida para cada caso:

Para solicitar por primera vez la subvención en VPO o VPP para 2006: Instancia general, fotocopia de la escritura de la vivienda con antigüedad no superior a seis años, fotocopia de la cédula de la calificación definitiva de la vivienda de VPO o VPP y fotocopia del DNI de los propietarios. En caso de que la calificación definitiva de la vivienda sea del año 2001 al 2003 deberá presentarse la declaración de la renta de la unidad familiar con ingresos inferiores a 48.000 euros brutos anuales.

Para solicitar por primera vez la subvención del IBI para las familias númerosas: Instancia general, fotocopias del título de familia numerosa, del DNI de los titulares, de la escritura de la vivienda y de la declaración de la renta del último ejercicio familiar en el que se acrediten unos ingresos inferiores a 48.000 euros.

Renovación de subvención en viviendas protegidas: Instancia general, fotocopia de la declaración de la renta del último ejercicio (2004) en el que se acrediten unos ingresos inferiores a 48.000 euros brutos, para quienes hayan disfrutado ya de la bonificación del 50% los tres primeros años. Fotocopia de la cédula de la calificación definitiva de la vivienda de VPO o VPP (opcional).

Renovación de subvención en familias numerosas: Instancia general, fotocopias del título de familia numerosa y de la declaración de la renta del último ejercicio familiar en el que se acrediten unos ingresos inferiores a 48.000 euros.
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