Convocatorias

ANUNCIO APROBACIÓN BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR LA EXPEDICIÓN DE UNA AUTORIZACIÓN DEMANIAL PARA OCUPAR UN ESPACIO VACANTE EN LA VÍA PÚBLICA DURANTE LAS FIESTAS PATRONALES EN HONOR AL SANTÍSIMO CRISTO DEL CALVARIO DE 2023

12/5/2023

Con fecha 12 de mayo de 2023,  han sido aprobadas por Decreto 2023/3510 del Concejal de Cultura, Festejos, Patrimonio Histórico y Turismo del Ayuntamiento de Pinto, las "Bases Reguladoras que han de regir la expedición de una autorización demanial para ocupar un espacio vacante en la vía pública durante las Fiestas Patronales en honor al Santísimo Cristo del Calvario de 2023, entre los días 26 de mayo y 4 de junio de 2023.

 

El número de espacios vacantes a ocupar para la instalación de un quiosco – bar en el Recinto Ferial durante las Fiestas Patronales en honor al Santísimo Cristo del Calvario de 2023, será de UNO (1). A este respecto, figura un plano de localización en el Epígrafe Sexto de las Bases Reguladoras. El Ayuntamiento de Pinto podrá alterar la ubicación de dicho espacio cuando circunstancias sobrevenidas y debidamente justificadas lo aconsejen.

 

El resto de espacios existentes en el Recinto Ferial para la instalación de atracciones durante las referidas fiestas, figuran excluidos del presente procedimiento de adjudicación, al figurar cubiertos y renovarse automáticamente la autorización durante cada anualidad de celebración del tradicional festejo, conforme a lo establecido en el artículo 9.4 de la Ley 1/1997, de 8 de enero, reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid.

 

La autorización para ocupar el dominio público con la instalación de puestos de venta ambulante, remolques de alimentación, atracciones u otras instalaciones análogas está sujeta a una tasa al llevar aparejada una utilidad económica para su titular, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.5 LPAP.

 

Dicha Tasa deberá ser abonada por los titulares de la autorización de conformidad con lo establecido en el Epígrafe C). Artículo 14 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local del Ayuntamiento de Pinto.

 

Estarán legitimados para formular solicitudes, y tendrán la consideración de titular de la autorización, las personas físicas o jurídicas, con plena capacidad de obrar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a las que se les autorice el uso y explotación de un espacio conforme a los requisitos establecidos en las presentes Bases Reguladoras

 

Los titulares de la autorización deberán estar dados de Alta en el grupo o epígrafe correspondientes del Impuesto de Actividades Económicas de la actividad a desarrollar y al corriente en el pago de la tarifa, o en caso de estar exentos, estar dado de Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la actividad a desarrollar, y al corriente de pago de sus obligaciones con la Agencia Tributaria.

 

Los titulares de  la autorización deberán figurar dado de Alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponde, y hallarse al corriente en el pago de las cotizaciones a la misma, y de las cotizaciones de los trabajadores contratados, en su caso.

 

Las solicitudes serán presentadas en la instancia normalizada denominada "Instancia normalizada de solicitud de espacio vacante durante las Fiestas Patronales en honor al Santísimo Cristo del Calvario", que figura recogida como anexo en las presentes Bases Reguladoras, suscrita por el interesado o su representante legal debidamente autorizado, de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 12 y 17 de mayo de 2023, careciendo de validez las solicitudes que sean registradas una vez expirado el plazo establecido. El Ayuntamiento de Pinto podrá ampliar el plazo de admisión cuando circunstancias sobrevenidas y debidamente justificadas así lo exijan.

 

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