Convocatorias

ANUNCIO APROBACIÓN BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR LA EXPEDICIÓN DE AUTORIZACIONES DEMANIALES PARA INSTALAR BARRAS DE HOSTELERÍA EN EL AUDITORIO MUNICIPAL DURANTE LOS CONCIERTOS DE LAS FIESTAS PATRONALES DE AGOSTO DE 2022.

15/7/2022

Con fecha 14 de julio de 2022, han sido aprobadas por Decreto 2022/6680, las "Bases Reguladoras que han de regir la expedición de autorizaciones demaniales para instalar barras de hostelería en el Auditorio Municipal durante los conciertos de las Fiestas Patronales en honor a Nuestra Señora la Virgen de la Asunción del año 2022", entre los días 9 y 14 de agosto de 2022.

 

El número de lotes a adjudicar para la instalación de barras de hostelería en el Auditorio Municipal durante los conciertos de las Fiestas Patronales, será de UNO (1).

 

El referido lote estará compuesto, a su vez, de DOS (2) situados independientes que se ubicarán en el Auditorio Municipal, que deberán ser explotados por el mismo titular autorizado.

 

A este respecto, figura un plano de localización en el Epígrafe número 5 de estas Bases. El Ayuntamiento de Pinto podrá alterar la ubicación de dichos espacios cuando circunstancias sobrevenidas y debidamente justificadas lo aconsejen.

 

La autorización para ocupar el dominio público con la instalación de  estas barras de hostelería está sujeta a una tasa al llevar aparejada una utilidad económica para su titular, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.5 LPAP. Dicha Tasa deberá ser abonada por los titulares de la autorización de conformidad con lo establecido en el Epígrafe H). Artículo 22 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local del Ayuntamiento de Pinto, a razón de quince céntimos de euro (0,15 €), por cada metro cuadrado y día.

 

Estarán legitimados para formular solicitudes, y tendrán la consideración de titular de la autorización, las personas físicas o jurídicas, con plena capacidad de obrar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a las que se les autorice el uso y explotación de sendas barras de hostelería en el Auditorio Municipal, siempre y cuando cumplan los requisitos que figuran a continuación:

 

  • Estar dado de alta en el censo de actividades económicas de la AEAT, en el grupo epígrafe correspondiente al ejercicio 2022 de la actividad a desarrollar (bares especiales, café – espectáculo, restaurante – espectáculo, discotecas y salas de baile, o asimilables) comprendidos en el Anexo I del Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones).

 

Las solicitudes serán presentadas en la "Instancia normalizada de solicitud de autorización para instalar barras de hostelería en el Auditorio Municipal durante los conciertos de las Fiestas Patronales", que figura como Anexo a las presentes Bases Reguladoras, suscrita por el interesado o su representante legal debidamente autorizado, de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días naturales, que se computarán entre los días 16 y 25 de julio de 2022, ambos inclusive, careciendo de validez las solicitudes que sea registradas una vez expirado el plazo establecido.

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