El número de situados a ocupar para la instalación de los elementos que van a dar servicio a la actividad será de UNO (1), en el lugar que determine el Ayuntamiento de Pinto en el interior del Parque Juan Carlos I. A este respecto, figura un plano de localización en el Epígrafe Seis de estas Bases Reguladoras. El Ayuntamiento de Pinto podrá alterar la ubicación de dicho espacio cuando circunstancias sobrevenidas y debidamente justificadas lo aconsejen.
La autorización para la instalación de este tipo de elementos está sujeta a una tasa que deberá ser abonada por los titulares de la autorización de conformidad con lo establecido en el Epígrafe H). Artículo 22 de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local del Ayuntamiento de Pinto, a razón de quince céntimos de euros (0,15 €), por cada metro cuadrado y día.
Estarán legitimados para formular solicitudes, y tendrán la consideración de titular de la autorización, las personas físicas o jurídicas, con plena capacidad de obrar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a las que se les autorice el uso y explotación de un situado conforme a los requisitos establecidos en las presentes Bases Reguladoras.
Los titulares de la autorización deberán estar dados de Alta en el grupo o epígrafe correspondientes del Impuesto de Actividades Económicas de la actividad a desarrollar y al corriente en el pago de la tarifa, o en caso de estar exentos, estar dado de Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la actividad a desarrollar, y al corriente de pago de sus obligaciones con la Agencia Tributaria.
Los titulares de la autorización deberán figurar dado de Alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponde, y hallarse al corriente en el pago de las cotizaciones a la misma, y de las cotizaciones de los trabajadores contratados, en su caso.
Las solicitudes serán presentadas en la “Instancia normalizada de solicitud de situado durante Pinto de Verano 2026”, que figura recogida como anexo en las presentes Bases Reguladoras, suscrita por el interesado o su representante legal debidamente autorizado, de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 4 y 15 de junio de 2026, ambos inclusive, careciendo de validez las solicitudes que sea registradas una vez expirado el plazo establecido