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Novedades en el trámite de la solicitud de cartel identificativo para locales públicos
• Dirigidas a establecimientos abiertos al público establecimientos abiertos al público y regulados en la Ley 17/97 de 4 de julio de ESPECTACULOS PUBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
30/9/2021El Ayuntamiento de Pinto recuerda a los titulares de la Licencia de Funcionamiento y /o Cambio de Titularidad de los locales, recintos y establecimientos enumerados en el Catálogo regulado por el Decreto 184/1998 de 22 de octubre, y modificado por Decreto 40/2019, de 30 de abril la obligatoriedad de cartel identificativo.
El artículo 7 del citado Decreto reitera la obligación, por parte de sus titulares, de exhibir en lugar visible un cartel expedido por el Ayuntamiento, con arreglo a las características, medidas y contenido que figuran en el Anexo IV del mismo. Orden 434/1999 de 12 de marzo.
¿CÓMO REALIZAR EL TRÁMITE?: Cumplimentar el modelo de instancia EMC-016 (solicitud cartel identificativo de locales) colgado en la página web del Ayuntamiento de Pinto o en la oficina virtual del mismo.
DOCUMENTACIÓN
• FICHA TÉCNICA EMC-004 (colgado en la página web del Ayuntamiento de Pinto o en la oficina virtual del mismo.)
• LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO / NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEL CAMBIO DE TITULARIDAD O DECLARACION RESPONSABLE
• RECIBO O JUSTIFICANTE DE ESTAR AL CORRIENTE DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL
PRESENTACIÓN: Una vez cumplimentada la solicitud deberá registrarla de manera telemática (personas físicas y jurídicas) en la Oficina Virtual sede electrónica de la web municipal de Pinto o bien a través de Registro Electrónico General.
*En caso de personas físicas puede presentarlo en el Registro General del Ayuntamiento de Pinto.
INFORMACIÓN: Concejalía Servicios Técnicos: Calle Italia, 14 (Actividades 2ª planta). Teléfonos: 91 248 37 00 - Centralita: 3110. Correo electrónico: actividades@ayto-pinto.es