Distribución hojas de reclamación

Descripción

Procedimiento por el que se entregan, a empresas y profesionales con sede en Pinto las hojas de reclamaciones que obligatoriamente deben de tener a disposición de los consumidores. (Ver excepciones

¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos que, en régimen de derecho privado, produzcan, faciliten o suministren bienes, productos o servicios directamente a consumidores finales.


Excepciones: No todos ellos tiene la obligación de tener hojas específicas de Consumo, a continuación se muestran otros órganos competentes de la Comunidad de Madrid:

  • Sector Turístico: D. G. de Turismo
  • Sector Espectáculos públicos y actividades recreativas: Área de espectáculos y Actividades Recreativas  (Consejería Justicia).
  • Juego y Apuestas: D. G. de Tributos y Ordenación del Juego
  • Sanidad: D. G. de Ordenación e Inspección de Sanidad.
  • Servicios Sociales (residencias, centros de día, etc...): Consejería de Asuntos Sociales.

Quedan exentos de la obligación de disponer de hojas de Reclamaciones:

  • Profesionales liberales cuyo Colegio Profesional disponga de Comisión Deontológica.
  • Centros de Enseñanza Reglada.
  • Servicios Públicos prestados directamente por la Administración cuando dispongan de su propio procedimiento.

¿Cuándo iniciar el tramite?

De lunes a viernes de 9 a 14 horas.

Documentación a aportar

No es necesario aportar documentación para la descarga de las hojas de reclamaciones. Su obtención presencial requiere la presentación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, copia de la Licencia de Actividad o Modelo 036 ó 037 de la Agencia Tributaria. No obstante, la existencia de hojas de reclamaciones a disposición de los consumidores no exime de la obtención de licencia de actividad u otras autorizaciones que fueren necesarias para su ejercicio.

¿Dónde solicitarlo?

De manera presencial en la OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR (OMIC), o bien, mediante la descarga directa en ésta página web.

Dirección: C/ Real, 2

Normativa

Artículo 31 del Decreto 1/2010 de 14 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1998 de 9 de julio, sobre Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.

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