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PINTOWEB - REVISTA MUNICIPAL - NUM. 123, SEPTIEMBRE 2007  SEPTIEMBRE 2007. Número 123


Pinto regula la concesión de honores

Aprobado el reglamento que determina las distinciones a otorgar

La gesta de Alberto Contador y el deseo de premiarle con una distinción relevante que culminara su gesto ha motivado que el equipo de Gobierno (PP-JpP) elabore un reglamento para regular las distinciones que como, organismo de la administración, puede conceder.
Así, el pleno celebrado el pasado mes de agosto acordó la aprobación del Reglamento Regulador de Concesión de Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Pinto, en cuyo texto se recoge su necesidad por “la importancia para la promoción de la villa de Pinto de aquelllas actuaciones y los más destacados logros de los pinteños que hayan destacado de forma relevante por sus aportaciones a la ciudad, así como los méritos que concurren en determinadas personas”.

División del reglamento
El documento aprobado consta de 17 artículos agrupados en seis capítulos: de los honores del ayuntamiento, clases de honores y distinciones, de los títulos de hijo predilecto e hijo adoptivo del municipio, del título de visitante ilustre, de la medalla de honor del Ayuntamiento de Pinto y procedimiento para su concesión. El texto se completa con dos disposiciones adicionales sobre la tramitación de los distintos supuestos.
Se ha decidido, para evitar suspicacias, que, con la excepción del Rey, ninguna de las distinciones y honores regulados podrán otorgarse a personas que desempeñen altos cargos en la administración y que tengan poder de decisión en ámbitos que afecten a Pinto de forma directa.
Todas las distinciones que propondrá el Ayuntamiento de Pinto (hijo predilecto, hijo adoptivo, visitante ilustre, medalla de honor o rotulación de plazas, parques, calles y paseos) se otorgan a título honorífico sin ningún derecho económico ni administrativo.
La entrega de honores la realizará el alcalde o alcaldesa en un acto público con asistencia de la corporación. En el caso de que las distinciones se otorgaran a título póstumo, las recibirá un familiar del premiado.
Por contra, el consistorio podrá privar de estos reconocimientos a quienes incurran en faltas que aconsejen esta medida extrema. El acuerdo para la retirada de honores requerirá, al menos, del mismo número de votos que fueron necesarios para su concesión.

 

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