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PINTOWEB - REVISTA MUNICIPAL - NUM. 107, MAYO 2006
MAYO 2006. Número 107
Beneficios fiscales en la eliminación de barreras arquitectónicas
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El Ayuntamiento de Pinto, con el objetivo de favorecer la eliminación de barreras arquitectónicas y favorecer así el acceso a edificios de las personas con discapacidad, debatía en pleno ordinario de abril, celebrado al cierre de esta edición, la modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) para introducir en la misma “beneficios fiscales”.
Dichos beneficios suponen la aplicación de una bonificación del 90% en la cuota del impuesto en aquellas reformas tendentes a la eliminación de barreras arquitectónicas en viviendas (residencia habitual) que no sean de nueva construcción o en locales u otros inmuebles no destinados a vivienda habitual que, por Ley, no estén obligados a disponer de dichos accesos.
Las bonificaciones establecidas en la ordenanza reguladora del ICIO serán acordadas por la Junta de Gobierno Local, previa solicitud motivada del interesado/a en el momento de tramitar la licencia municipal correspondiente.
En los nuevos supuestos que establece la ordenanza, la determinación de la cuota del impuesto se realizará en régimen de “liquidación administrativa”, que quedará en suspenso desde la admisión a trámite de la solicitud hasta que se produzca el acuerdo municipal.
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