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PINTOWEB - REVISTA MUNICIPAL - NUM. 105, MARZO 2006  MARZO 2006. Número 105


Convocatoria para ser Juez o Jueza de Paz en Pinto

Del 1 al 31 de marzo se abre el plazo de presentación de solicitudes para desempeñar el cargo de Juez de Paz (y sustituto) en Pinto. En las dependencias municipales se encuentra el expediente completo para consulta de los interesado y en el que constan los requisitos de la convocatoria y demás circunstancias.
Los jueces de paz ejercen las funciones jurisdiccionales sin pertenecer a la Carrera Judicial, con sujeción al Régimen establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin carácter de profesionalidad y con inamovilidad temporal, formando parte durante su mandato del poder judicial.
Para ser Juez de Paz se requiere ser español, mayor de edad y no estar incurso en ningu-na de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judi-cial. Los interesados deberán ha-cer constar en sus solicitudes sus datos personales con fotocopia del DNI, certificado de empadronamiento en Pinto, curriculum vitae donde consten sus estudios y vida profesional así como un certificado negativo de antecedentes penales y los documentos que acrediten los méritos expuestos en el curriculo. Los jueces de paz no podrán pertenecer a partidos políticos ni a sindicatos o tener empleo al servicio de los mismos. Entre las solicitudes presentadas, el Ayuntamiento elegirá el Juez o Jueza de Paz y su sustituto.


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