Hemeroteca 2003

MESA LOCAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL ABSENTISMO LOCAL

El Ayuntamiento de Pinto y la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid han creado, mediante un convenio de colaboración, una comisión denominada ¿Mesa local para la prevención y el control del absentismo escolar en Pinto¿. 28/11/2003
A través de de la Mesa Local se coordinarán las actuaciones de ambas administraciones y los centros educativos del municipio para prevenir y controlar las situaciones de alumnos y alumnas que faltan asiduamente a sus clases de manera insuficientemente justificada.


Con el lema ¿Cuando tú no faltas, nos importa¿, el Ayuntamiento de Pinto pretende concienciar a todos los vecinos y vecinas sobre ese problema, partiendo de la base de que el absentismo escolar se puede evitar, pero su prevención es tarea de todos. Padres, educadores y profesionales de las instituciones públicas deben velar por que los menores y jóvenes de nuestro municipio ejerzan un derecho básico de los ciudadanos.

La Mesa está compuesta por trabajadores de la Consejería de Educación (inspector, servicios de orientación educativa, directores de centros públicos), directores de centros concertados y trabajadores del Ayuntamiento de Pinto (director de educación, técnico de Educación, representates de Servicios Sociales y de la Policía Local). En un caso de absentismo, primero intervendrá el tutor o tutora del alumno absentista; a continuación, la Comisión de Absentismo del Centro y, por último, se dará cuenta a la Mesa de Prevención y Control del Absentismo Escolar en Pinto, con sede en la Calle Italia, 6. Teléfono: 91 248 38 07.

El Plan Marco de Prevención del Absentismo Escolar, del cual la Mesa Local es instrumento, incide en el derecho de todos a recibir una educación básica y obligatoria entre los 6 y los 16 años. Deberes de los alumnos serán el estudio y la asistencia a clase con puntualidad y de manera continuada y efectiva, indistintamente de la etapa educativa en que se encuentren. Este comportamiento es condición fundamental para el logro de los objetivos básicos de su educación y para prevenir riesgos de desadaptación y fracaso en la escuela.

Es responsabilidad de los progenitories realizar la solicitud de plaza escolar y velar por su asistencia diaria al centro educativo que le corresponda (artículos 13 y 98 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid) y es responsabilidad de los centros educativos poner en conocimiento de las autoridades educativas y municipales las situaciones de reiteradas faltas de asistencia a clase.
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