En el supuesto de tener que atender deudas tributarias para que las que no se hayan solicitado los sistemas de pago expuestos con anterioridad, podrán solicitarse aplazamientos o fraccionamientos, siempre que se cumplan los requisitos que marcan las normas correspondientes y que sean concedidos por el Ayuntamiento de Pinto. El aplazamiento o fraccionamiento podrá solicitarse tanto en el periodo voluntario de pago como en periodo ejecutivo, y siempre que el plazo exceda del periodo voluntario generará intereses, pero se dispondrá de hasta un año natural para atender la deuda. Para solicitarlo podrá dirigirse al Ayuntamiento de Pinto.